Norma Oficial Mexicana NOM-253-SSA1-2012

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NuevoBSP-55NOM-253-SSA1-2012

Estimado Lector:

A finales del año 2012 se modificó la Norma Oficial Mexicana para bancos de sangre, entrando en vigencia la Norma Oficial Mexicana NOM-253-SSA1-2012, Para la Disposición de Sangre Humana y sus Componentes con Fines Terapéuticos y a principios del 2014, inician las verificaciones por parte de la COFEPRIS para comprobar el cumplimiento de la nueva NOM 253.

Porque a ustedes, estimados médicos, les interesa saber cuáles son los aspectos más importantes que deben observar de la norma en el ejercicio de su profesión, queremos compartir información útil y relevante para establecer, claramente, las responsabilidades que los médicos tienen en la práctica diaria cuando se manejan con servicios o productos relacionados con el Banco de Sangre.

Consentimiento Informado¿Qué es el consentimiento informado?
Mediante el consentimiento informado, el personal de salud competente le informa al paciente, en calidad y en cantidad suficientes, sobre la naturaleza de la enfermedad y del procedimiento diagnóstico o terapéutico que se propone utilizar, los riesgos y beneficios que éste conlleva y las posibles alternativas. El documento escrito se constituye en el resguardo con el que el personal médico comprueba que ha informado y que el paciente ha comprendido la información compartida. Por lo tanto, el consentimiento informado es la manifestación de la actitud responsable y bioética del personal médico o de investigación en salud, que eleva la calidad de los servicios y que garantiza el respeto a la dignidad y a la autonomía de las personas.

Sobre el consentimiento informado
Los responsables de recabar la carta del consentimiento informado son:
a) El responsable sanitario de un banco de sangre o el encargado de un puesto de sangrado, o bien el personal asignado por éstos, para el caso de donantes de sangre o componentes sanguíneos para fines de transfusión alogénica.
b) El responsable sanitario o el personal asignado de un banco de sangre o de un servicio de transfusión, para efectuar un procedimiento de transfusión autóloga mediante depósito previo;
c) El médico que indique o el que vaya a ejecutar algún procedimiento de hemodilución aguda preoperatoria o de recuperación sanguínea perioperatoria para uso autólogo, y
d) El médico tratante o el médico que indique una transfusión en algún receptor.

¿Qué hacer en caso de una Emergencia?
En caso de urgencia para aplicar una transfusión en un receptor que no esté en uso pleno de sus facultades mentales o ante la necesidad de efectuar un procedimiento de transfusión autóloga en menores o incapaces de otorgar su consentimiento y en ausencia de un otorgante facultado para el ejercicio de tal derecho, el médico tratante o el responsable sanitario de un banco de sangre o servicio de transfusión, llevará a cabo el procedimiento de que se trate, dejando constancia en el expediente clínico.

Comentarios:
Estimado médico, una vez que ha decidido transfundir a su paciente,  sugerimos no olvidar firmar el formato de consentimiento informado para la transfusión y registrar en el expediente clínico la indicación especificando componente, numero de unidades requeridas y anotar fecha, hora y su firma. El formato de consentimiento informado lo  podrá solicitar a la enfermera que atiende a su paciente, y se encuentra en todas las centrales de enfermeras. Su firma es lo más importante que solicita la NOM 253. Podrá apoyarse de médicos residentes o de sus colaboradores para obtener la firma del familiar responsable del paciente y, cumpliendo con estos puntos ante cualquier problema o  verificación,  usted habrá actuado en forma adecuada.  

Existen pronunciamientos claros acerca de la obligatoriedad del consentimiento informado en: la Ley General de Salud, el Reglamento de la Ley General de Salud, las Leyes Estatales de Salud, el Reglamento de Servicios Médicos del IMSS, las Normas Oficiales Mexicanas, la Comisión Nacional de Certificación de Establecimientos de Salud y Cartas de los Derechos de los Pacientes (CONAMED)

Por su atención, muchas gracias,
Banco de Sangre Puebla

Horario de atención a donadores: 8:15 a.m. a 11:00 hrs.
De lunes a sábado
Banco de Sangre Puebla Central   240 65 37 ext. 1751
Banco de Sangre Puebla Hosp. Beneficencia Española  236 91 32

Servicio Las 24 horas, los 365 días del año

Dr. Juan Venegas Martínez                      tel: 4302498  ID:72*689220*1
Dr. José Luis Padilla T.                              tel. 4302500  ID:72-689220*2
Q.F.B. Juan Felipe Mejía Rivera              tel 4302504  ID:72*689220*6
Guardia                                                        tel 4302501  ID:72-689220*3

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